Subsidios

 




SUBSIDIO DE VIVIENDA

Vivienda

Ser afiliado a Comfacesar, te permite acceder a una vivienda propia y consolidar tu patrimonio familiar de una manera más fácil. Nuestro portafolio de servicios se caracteriza por ofrecer proyectos habitacionales con diseños exclusivos, diferentes valores y bajas tasas de interés, que nos permiten seguir cumpliendo el sueño de tener casa propia a las familias afiliadas y contribuir con la disminución del déficit de vivienda en el país.

Las modalidades según el decreto 975 del 31 de marzo de 2004 y 951 de 2001 en las cuales pueden aplicar con nosotros son:

  • Adquisición de vivienda nueva
  • Construcción en sitio propio
  • Mejoramiento de vivienda 

Pensando en el bienestar social y desarrollo de la región, contamos con aliados estratégicos para atender a la población no afiliada como: El Fondo Adaptación, el Banco Agrario y la Gobernación del Cesar.

El subsidio familiar de vivienda es un aporte en dinero que otorga la Caja de Compensación Familiar del Cesar – COMFACESAR, a los hogares afiliados con recursos propios del Fondo de Vivienda de Interés Social (Fovis), como complemento al ahorro para facilitar la adquisición de una vivienda nueva, construcción en sitio propio o mejoramiento estructural de carencias básicas a Viviendas de Interés Social.

Se puede aplicar dentro del perímetro urbano en los municipios que tengan definido el Plan de Ordenamiento territorial (POT), es de aplicación a nivel nacional, se entrega una sola vez y no es restituible siempre y cuando cumpla con los requisitos de Ley.

COMPRA DE VIVIENDA NUEVA
Las soluciones de adquisición de vivienda nueva a las que podrá aplicarse el subsidio familiar de vivienda de interés social, deberán contemplar como mínimo, además del lote urbanizado, una edificación conformada por un espacio múltiple, cocina, lavadero o acceso a éste, baño con sanitario, lavamanos y ducha; adicionalmente, se debe posibilitar el desarrollo posterior de la vivienda para incorporar dos espacios independientes para alcobas.

Esta modalidad le permite al beneficiario del subsidio adquirir su solución de vivienda nueva en el mercado, contempladas en los planes elegibles.

MEJORAMIENTO DE VIVIENDA ESTRUCTURAL
Proceso por el cual el beneficiario del subsidio supera una o varias de las carencias básicas de la vivienda perteneciente a un desarrollo legal o legalizado, o a una edificación, siempre y cuando al menos uno de los miembros del hogar postulante sea propietario, ocupante o poseedor de la vivienda a mejorar, y habite en la misma.

La vivienda a intervenir debe presentar al menos una de las siguientes situaciones: deficiencias en la estructura principal, cimientos, muros o cubierta; carencia o vetustez de redes secundarias y acometidas domiciliarias de acueducto y alcantarillado; carencia o vetustez de baños y/o cocina; existencia de pisos en tierra o en materiales inapropiados; construcción en materiales provisionales tales como latas, tela asfáltica y madera de desecho; existencia de hacinamiento crítico, cuando el hogar habita en una vivienda con más de tres personas por cuarto, incluyendo sala, comedor y dormitorios.

La asignación del subsidio se da indistintamente que los ingresos del grupo familiar oscilen entre cero (0) y cuatro (4) SMMLV  y sólo se podrá destinar a viviendas que no superen los 70 SMLMV – VIP.

Si se encuentra interesado en postularse a esta modalidad deberá contactarse a los teléfonos 320 599 3651 - 312 3538735 y/o al correo electrónico auxvivienda@comfacesar.com

MEJORAMIENTO DE VIVIENDA EN SUELO RURAL

Es la modalidad mediante la cual la entidad otorgante asigna el subsidio para superar carencias básicas de la vivienda rural, con el objeto de mejorar las condiciones sanitarias, locativas, estructurales y módulos de habitabilidad, consistente o no en una estructura independiente con una adecuada relación funcional y morfológica con la vivienda existente y con la posibilidad de crecimiento progresivo interno y/o externo de acuerdo con los aspectos referidos al proceso de operación del subsidio familiar de vivienda rural definidos por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.

INTENCIÓN DE PRESENTACIÓN A LA POSTULACIÓN

La intención de presentación a la postulación deberá realizarse a través de la presentación y/o lista de chequeo de la solicitud de elegibilidad en la modalidad de mejoras locativas en el sector rural para lo cual deberá presentar los siguientes documentos:

1. Certificado de ahorro programado, cesantías inmovilizadas o aportes girados al constructor

2. Certificado de libertad y tradición del predio (No mayor a 30 días de expedición)

3. Para poseedores u ocupantes, la tenencia del lote o vivienda se puede acreditar con alguno de los siguientes documentos:

  • Escrito aportado por el hogar que se entenderá suscrito bajo la gravedad del juramento, en el que declare que ejerce la posesión regular del bien inmueble de manera quieta, pública, pacífica e ininterrumpida por un término mínimo de cinco (5) años, y que el inmueble no está en curso proceso reivindicatorio.
  • Declaración escrita por el presidente de la Junta de Acción Comunal del barrio, donde certifique que el hogar ha ejercido la posesión regular del inmueble por un término mínimo de 5 años, y que el inmueble no está en curso de proceso reivindicatorio, el cual debe ir acompañado del documento de representación legal de la Junta con fecha no mayor a un mes.
  • Cualquiera de los dos documentos deberá acompañarse con las siguientes pruebas a nombre del poseedor: Recibos de pago de impuesto predial, valorización, o servicios públicos domiciliarios a nombre del poseedor.

4. Certificado de Planeación Municipal que conste que el lote NO se encuentra ZONA DE ALTO RIESGO NO MITIGABLE, ZONA DE PROTECCIÓN DE RECURSOS NATURALES, ZONA DE RESERVA DE OBRAS PÚBLICAS O DE INFRAESTUCTURA BÁSICA.

5. Recibos de pago de impuesto predial, valorización, o servicios públicos domiciliarios a nombre del poseedor.

Una vez presentada la documentación la CCF contará con el término de 8 días hábiles para la expedición de la elegibilidad.

En caso de contar con un concepto favorable por parte del área técnica el usuario deberá radicar su postulación con los siguientes documentos:

  • Formulario de postulación diligenciado
  • Fotocopia de cédula de ciudadanía de todos los miembros del hogar mayores de edad
  • Fotocopia de  Registro Civil, legible y con parentesco, de los miembros del hogar menores de edad
  • Certificado laboral
  • Certificados médicos en caso de discapacidad (cuando aplique)
  • Certificado de condiciones especiales: Desplazados, madre comunitaria, afrodescendientes o indígenas (cuando aplique).
  • Certificado de ahorro programado y/o cesantías inmovilizadas en original
  • Copia reciente del impuesto predial (último trimestre) que indique el valor del avalúo y porcentaje de tenencia.  (en caso de que aplique)
  • Certificado de elegibilidad del proyecto.
CONSTRUCCIÓN EN SITIO PROPIO

Proceso por el cual el beneficiario del subsidio accede a una vivienda de interés social mediante la edificación de la misma en un sitio de su propiedad que puede ser un lote, una terraza o una cubierta de losa. En caso de lote de terreno, éste debe estar ubicado en un desarrollo legal o legalizado, y su título de propiedad inscrito en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos a nombre de cualquiera de los miembros del hogar postulante.

Cuando se trate de planes realizados con base en terrazas o cubiertas de losa, se asimilarán a lote propio. Igualmente, las viviendas nuevas resultantes de proyectos de redensificación, renovación o redesarrollo urbano, se asimilarán a proyectos de construcción en sitio propio.

La asignación del subsidio se da indistintamente que los ingresos del grupo familiar oscilen entre cero (0) y cuatro (4) SMMLV.

Valores del Subsidio Familiar de Vivienda para compra de Vivienda Nueva

El monto del subsidio familiar de vivienda se determina de acuerdo al nivel de ingresos familiares del hogar postulante. Para compra de Vivienda Nueva, así:

VALOR DE SUBSIDIOS AÑO 2025
INGRESOS INGRESOS SMMLV
DESDE HASTA VR SUBSIDIO DESDE HASTA VR EN SMMLV
$ 0 $ 2.847.000 $ 42.705.000 0.00 2.00 30
$ 2.847.001 $ 5.694.000 $ 28.470.000 2.00 4.00 20
MEJORAMIENTO DE VIVIENDA/CONSTRUCCION SITIO PROPIO (HASTA 18 SMMLV) $ 25.623.000
  
VALOR VIVIENDA VIP HASTA 90 SMMLV $ 128.115.000
VALOR VIVIENDA VIS HASTA 135 SMMLV $ 192.172.500



Para la postulación al subsidio familiar de vivienda debe tener en cuenta el siguiente cronograma:
 

CALENDARIO DE POSTULACIONES FOVIS URBANO 2025
MES JUNIO NOVIEMBRE
APERTURA DE INSCRIPCIONES 3 de junio 2025 3 de noviembre 2025
CIERRE DE INSCRIPCIONES 10 de junio 2025 10 de noviembre 2025
PUBLICACIÓN DE RESULTADOS 31 de julio 2025 31 de diciembre 2025

 

Condiciones

  • Tener mínimo 3 meses de afiliación a COMFACESAR. En caso de ser independiente deberá acreditar 1 año consecutivo de afiliación y aportes a COMFACESAR.

  • Los ingresos totales del hogar no deben superar los 4 SMMLV ($ 5.694.000).

  • No tener vivienda o lote (aspirante o demás miembros).

  • No haber sido favorecido por alguna entidad con un subsidio de vivienda ejemplo: antiguo Inscredial, Inurbe, Fonvivienda, Banco Agrario, CCF, etc.

  • Tener en una cuenta de ahorro programado o en cesantías inmovilizadas el 5% del valor de la vivienda a la cual desea postularse.

Requisitos para postularse

  • Diligenciar el formulario de postulación una vez se encuentre habilitado en la página WEB en las fechas de convocatoria.

  • Fotocopia de la cédula de ciudadanía legible de los mayores de 18 años. (en caso de incluir a menores de edad presentar solo para validación los registros civiles.)

  • Certificación laboral que especifique cargo, tiempo y salario.

  • Certificado del ahorro programado, cesantías inmovilizadas o aporte de cuota inicial, con el 5% del valor de la vivienda a la cual desea postularse.

  • Certificado de capacidad de crédito vigente.

  • Original o copia del certificado médico que acredite la discapacidad física o mental de alguno de los miembros del hogar, cuando fuere el caso.

Nota: Los certificados antes mencionados deberán ser escaneados en forma legible y cargados en el aplicativo en formato pdf.

FORMULARIO DE POSTULACIÓN

LISTADO DE PROYECTOS

Ver listado aquí

LISTADO DE BENEFICIARIOS AL SUBSIDIO DE VIVIENDA 2025 - 1

Ver listado aquí

PREGUNTAS FRECUENTES

¿Qué es Fovis?

Es el Fondo de Vivienda de Interés Social, administrado por las Cajas de Compensación Familiar, constituida la Ley 49 de 1990.

¿Qué es VIS?

Es la Vivienda de Interés Social, cuyo valor máximo no supera los 135 SMLMV.

¿Qué es VIP?

Es la Vivienda de Interés Prioritario, cuyo valor máximo no supera los 70 SMLMV.

¿Debo tener mi ahorro programado en algún banco en particular?

El hogar interesado podrá realizar su ahorro programado en cualquier entidad financiera, siempre y cuando sea la modalidad de Ahorro Programado.

¿Las postulaciones son únicamente en Valledupar?

Cuando se abren las convocatorias al Subsidio Familiar de Vivienda, se reciben postulaciones en Valledupar y en los municipios donde tenemos Unidades Integrales de Servicios “UIS” (Aguachica, Bosconia, Codazzi, El Copey, la Jagua, La Loma).

 

OFICINAS

Valledupar  División de Vivienda
Calle 14 # 14-66

UIS Aguachica
Calle 5 # 26-16

UIS Codazzi
Cra. 16 # 18-26

UIS Bosconia
Cra 23 Calle 6, Villa Campestre

Oficina El Copey
Calle 8 # 12-70

Oficina La Loma
Calle 5 # 4-06

Oficina La Jagua 
Calle 7ª # 7-61

MÁS INFORMACIÓN

Coordinación de Vivienda

Teléfonos: +57 320 599 3651 – +57 3165286329

Correos Electrónicos:

auxvivienda@comfacesar.com 
notificacionesvivienda@comfacesar.com 
proyectosvivienda@comfacesar.com 

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SUBSIDIO FAMILIAR

Cuando una empresa se afilia a una Caja de Compensación Familiar los trabajadores de la misma automáticamente quedan afiliados.

Los trabajadores para acceder al subsidio familiar en dinero, deben acreditar su derecho mediante la presentación del formulario de afiliación diligenciado en su totalidad, con los documentos requeridos de acuerdo al cumplimiento de la ley.  El formulario debe ser ingresado en la base de datos a más tardar a los tres días de su recibo.

El subsidio se brinda a los trabajadores beneficiarios en dos maneras:

Dinero

Es la cuota monetaria que se paga o se coloca a disposición por cada persona a cargo con derecho a la prestación.

Servicios

Son los que se prestan a través de la utilización de las obras y programas sociales que organiza.

El subsidio familiar monetario es una prestación social pagadera en dinero, sus beneficiarios son los trabajadores vinculados a las empresas con carácter permanente de mediano y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo.

Consiste en el alivio de las cargas económicas que representa sostenimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad.

Para acceder se requiere:

  • El Salario no debe superar los cuatro salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • Laborar en un tiempo no inferior a 96 horas mensuales.
  • Los ingresos sumados ingresos con los de su cónyuge o compañero (a) permanente, no sobrepasen los seis salarios mínimos mensuales legales vigentes.
  • Tener personas a cargo que den derecho a la cuota monetaria.
  • Para liquidar la cuota monetaria previamente la empresa debe cancelar los aportes parafiscales como lo establece la ley 21 de 1982. 

Este subsidio no es salario, ni se computará con el mismo en ningún caso.

Trabajadores afiliados con personas a cargo que hubiesen acreditado sus derechos mediante la presentación de los documentos exigidos por la ley.

Lugar de prestación

  • Valledupar: Centro Integral de servicios, Calle 14 No 14-66
  • UIS Aguachica: Calle 5 Nº 26-16
  • UIS Bosconia: Carrera 23 Calle 6
  • UIS Codazzi: Carrera 16 Nº 18-26

Servicios

En orden de prioridades, los servicios que se ofrecen son:

  • Programas de atención
  • Salud
  • Educación integral y continua, capacitación.
  • Vivienda
  • Créditos educativos y de fomento para la industria familiar
  • Mercadeo de productos

La cuota monetaria se cancela mensualmente el último día hábil del mes, a los trabajadores de las empresas afiliadas, que hayan acreditado su derecho a la cuota monetaria mediante el trámite del formulario de afiliación con todos los requisitos adjuntos el cual será registrado en la base de datos a más tardar a los tres días de recibido.

Para la liquidación del subsidio familiar monetario la empresa previamente debe cancelar los aportes parafiscales dentro de los términos establecidos por el decreto 1464 de 2005  siempre y cuando esté vigente la relación laboral de los trabajadores con la empresa.

El horario de atención al público para entregar la cuota monetaria es de lunes a viernes de 7:30 a 11:30 a.m. y de 2:30 a 5:00 p.m.

Cuando la modalidad de pago es a través de consignación individual, éste se hace efectiva dos días antes de finalizar el mes, al igual que el pago a través de Tarjeta Recargable.

Importante

El trabajador afiliado debe renovar la documentación que tiene vencimiento tales como constancias de estudios de los hijos mayores de doce años, constancia de supervivencia por los padres afiliados, dentro de los términos que establece la ley 21 de 1982. De igual forma, se deben acatar las políticas implementadas por la Caja de Compensación Familiar del Cesar.

FORMAS DE PAGO O DISPOSICIÓN DE CUOTA MONETARIA

La cancelación de la cuota monetaria por los beneficiarios a cargo, se hace a través de dos modalidades: 

Por abono en cuenta de nómina: Los trabajadores afiliados que reciben el salario por medio de cuenta bancaria, deben suministrarla para consignarles mensualmente en ella el subsidio familiar monetario. 

Por disposición en tarjeta: El trabajador que decida esta forma de pago o disposición de la cuota monetaria debe acercarse al Centro Integral de Servicios ubicado en la calle 14#14-66 en Valledupar o en las oficinas de la Caja en Aguachica, Codazzi, Bosconia, El Copey, La Loma y La Jagua, presentar la cédula de ciudadanía, se le hará entrega de una tarjeta recargable y se le darán instrucciones para su uso. 

Esta tarjeta no tiene ningún costo de manejo para el trabajador, es un excelente mecanismo de pago por seguridad, por economía, en tiempo y dinero ya que puede retirar el valor del subsidio en Supertiendas Olímpica a nivel nacional y se recibe mensualmente el pago de manera oportuna (el último día hábil de cada mes).