REGLAS RELATIVAS A LOS PROVEEDORES DE COMFACESAR

 

Valledupar, octubre 23 de 2017.

La Caja de Compensación Familiar del Cesar, en su Manual de Contratación, establece en el Artículo 9 las Reglas Relativas a los Proveedores. En este aparte se encuentran las disposiciones especiales sobre contratos de obra y consultoría y todo lo referente a su proceder contractual y a las obligaciones que éstos deben tener con la Caja.

A continuación referenciamos los siguientes parágrafos:

Parágrafo Primero: Para la inscripción y la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Procedimiento de Selección y Evaluación de Proveedores, COMFACESAR podrá requerir la entrega de documentos que no hayan sido solicitados inicialmente y/o que no se encuentren vigentes a la fecha de la evaluación del proveedor.

Parágrafo Segundo: Los documentos anexados para la inscripción de proveedores podrán actualizarse anualmente, a excepción del certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio que su vigencia no debe superar los tres (3) meses para la suscripción del contrato. La inscripción en el registro de proveedores no se entenderá como un requisito previo para suscribir contratos con COMFACESAR.

Parágrafo Tercero: Se excluye del proceso de inscripción y evaluación a los proveedores de los siguientes servicios:

Periodista: Vidiana Bendeck 

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