PREGUNTAS FRECUENTES

CRÉDITOS

¿CUALES SON LOS CRÈDITOS QUE COMFACESAR OFRECE A LOS AFILIADOS?
R: COMFACESAR ofrece a sus afiliados la modalidad para financiar diferentes líneas de crédito de consumo (Libre Inversión; Turismo y Educación) a través del sistema de libranza - pignoración del Subsidio familiar.

¿CUALES SON LOS REQUISITOS PARA ACCEDER A LA PIGNORACIÒN DE SUBSIDIO?
R: Solo se debe anexar la fotocopia de la cédula y la certificación laboral (y firmar el reporte de autorización de descuento por subsidio familiar.)

¿CUANTOS MESES SE PUEDE PIGNORAR EL SUBSIDIO?
R: 
Mínimo 6 MESES - Máximo 12 MESES, dependiendo el tipo de contrato.

¿CUANTO ES EL VALOR A DESCONTAR POR CONCEPTO DE PROTECCIÓN CARTERA? 
R: Se descuenta el 3% del valor aprobado.

¿CUANTO TIEMPO SE DEMORAN EL DESEMBOLSO DEL CREDITO?
R: 2 o 3 días.

¿QUE DOCUMENTOS SE NECESITA PARA QUE UNA EMPRESA PUEDA ACCEDER A EL CREDITO DE LIBRE INVERSION?
R:

  • Formato de Crédito (Vr 9) el cual debe estar Autenticado.
  • Registro de firmas (Vr 4)
  • Fotocopia de cédula del representante legal de la empresa.
  • Planilla de aportes del mes anterior.
  • Nómina de pagos del mes anterior.
  • Cámara de comercio.

¿QUE REQUISITOS SE NECESITAN PARA ACCEDER A EL CRÈDITO POR LIBRE INVERSIÓN? 
R:

  • La empresa debe tener convenio de Libre Inversión con COMFACESAR.
  • Formulario de Solicitud de crédito el cual lo descargan por la página de Comfacesar.
  • Certificación laboral vigente a 30 días.
  • Fotocopia de cedula de la persona que va a solicitar el crédito.
  • Los dos últimos desprendibles de pago del mes.

¿CUALES SON LOS MONTOS Y PLAZOS PARA CREDITOS PERSONALES:
R:

INGRESOS SMLV

MONTO

PLAZOS

De 1 < 2

4 veces

Hasta 60 Meses

De 2 en adelante

10 veces

Hasta 60 Meses

Valor de la cuota monetaria mensual
(Crédito Automático)


De acuerdo a la recibida


Hasta 12 Meses de acuerdo al Tipo de Contrato


Valor máximo a prestar


50 millones

 

ITEM

MONTO

PLAZO MÁXIMO

1

1.000.000

12 meses

2

1.000.001 - 2.000.000

24 meses

3

2.000.001- 4.000.000

36 meses

4

4.000.0001- 5.000.000

48 meses

5

5.000.001- 50.000.000

60 meses

 

¿CUÁL ES LA TASA DE INTERESES PARA LOS CÉDITOS? 
R: Las tasas de interés que manejamos por categoría son:

  • Categoría A 1.3 % M-V
  • Categoría B 1.4 % M.V
  • Categoría C 1.5 % M.V

¿A PARTIR DE CUANTOS SMMLV REALIZAN CONSULTA A CENTRALES DE RIESGOS? 
R: Se realizan consultas a centrales de riesgos para los casos de aprobación de créditos por más de 6 SMMLV.

¿CUALES PUEDEN SER LAS CAUSAS DE RECHAZO O NEGACIÓN DE LOS CREDITOS DE LIBRE INVERSION? 
R: Los motivos por el cual se rechazan los créditos de libre inversión son:

  • Reportes Negativos en Centrales de riesgos.
  • La empresa donde Labora se encuentre en mora con los pagos.
  • Que no tenga capacidad de endeudamiento.

CENTROS RECREACIONALES

¿HAY TELEVISIÓN EN EL CENTRO DE INTERPRETACIÓN DE LA CULTURA ARHUACA?
R: Por ser un lugar réplica de la cultura indígena más grande de asentamiento en la región, se manejan espacios lo más amigables con la naturaleza, por lo que no contamos con televisión en las instalaciones.

¿PORQUE NO HAY WI-FI EN LAS CABAÑAS DE PUEBLO BELLO?
R: Es un sitio de desconexión y encuentro con la naturaleza.

¿EN EL CENTRO DE INTERPRETACIÓN HAY PISCINAS?
R: No contamos con el servicio de piscinas.

¿HAY CABALLOS PARA CABALGAR EN EL CENTRO DE INTERPRETACIÓN?
R: No contamos con caballos para este servicio.

¿QUÉ ACTIVIDADES HAY PARA HACER EN EL CENTRO DE INTERPRETACIÓN?
R: Tenemos actividades de demostración de la cultural Arhuaca, recorrido por los 7 puntos sagrados, caminatas ecológicas y reflexología (espacio de relajación cuerpo, mente y alma para limpiar energías).

¿HAY LUZ EN EL CENTRO DE INTERPRETACIÓN?
R: Si contamos con el servicio de energía.

¿QUÉ RECREACIONES HAY PARA NIÑOS EN EL CENTRO DE MANAURE?
R: Piscinas, parque infantil y gimnasio biosaludable para entretenimiento y disfrute en familia.

¿HAY COCINA EN LAS CABAÑAS?
R: En el municipio de Manaure contamos con unas cocinetas dentro de los apartamentos con algunas restricciones, ya que contamos con el servicio de restaurante. En el municipio de pueblo bello por ser cabañas ecológicas no contamos con cocinetas.

¿PODEMOS INGRESAR BEBIDAS ALCOHOLICAS A LOS CENTROS RECREACIONALES?
R: Manejamos un ambiente de tranquilidad, cuidando el ambiente que ofrece nuestras instalaciones, por lo que hay restricciones al momento del ingreso de bebidas alcohólicas.

¿EL INGRESO DE PERROS ES PERMITIDO A LOS CENTROS RECREACIONALES?
R: Es prohibido el ingreso de mascotas.

¿EN LOS CENTROS RECREACIONALES OFRECEN EL SERVICIO DE CAMPING?
R:
Contamos con el servicio de camping en los centros recreacionales de Pueblo Bello y Manaure.

SUBSIDIO

¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A AFILIARSE A UNA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR?

R: De conformidad con el artículo 7º de la ley de 1982:

Están obligados a pagar el subsidio familiar y a efectuar aportes para el servicio Nacional de aprendizaje (SENA):

  1. La Nación, por intermedio den los Ministerios, Departamentos Administrativos y Superintendencias.
  2. Los Departamentos (…), el Distrito Capital de Bogotá y los municipios.
  3. Los establecimientos públicos, las Empresas Industriales y Comerciales y las empresas de economía mixta de los órdenes nacional, departamental (…), distrital y municipal.
  4. Los empleadores que ocupen uno o más trabajadores permanentes”

Estas empresas solamente pueden estar afiliadas a una caja de compensación familiar que funcione en el lugar donde se causen los salarios, sin que sea posible efectuar giros parciales por algunos trabajadores y en consecuencia la caja gira el subsidio familiar igualmente a la totalidad de los trabajadores que acrediten el derecho al mismo.

¿QUIÉNES MÁS PUEDEN AFILIARSE A UNA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR?

R: Pueden también afiliarse a una caja de compensación familiar los trabajadores independientes y los pensionados.

¿PUEDEN AFILIARSE LOS TRABAJADORES QUE LABOREN POR PERIODOS INFERIORES A UN MES?

R: Sí. Pueden afiliarse los trabajadores dependientes, que cumplan con las siguientes condiciones:

  • Que se encuentren vinculados laboralmente.
  • Que el contrato se tiempo parcial, es decir, en un mismo mes sea contratado por periodos inferiores a treinta días.
  • Que el valor que resulte como remuneración en el mes sea inferior a un (1) salario mínimo legal mensual vigente.

Debe anotarse que esto no aplica para los trabajadores afectados por una reducción colectiva o temporal de la duración normal de su trabajo, por motivos económicos, tecnológicos o estructurales. El traslado de un trabajo a tiempo completo a un trabajo a tiempo parcial, o viceversa, deberá ser voluntario.

¿CÓMO SE EFECTÚA EL PAGO DEL APORTE DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES QUE LABORAN POR PERIODOS INFERIORES A UN MES?

R: El recaudo se hará a través del Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y se realizara en los plazos establecidos en las normas correspondientes.

Se reportara el número de días que laboro el trabajador durante el mes correspondiente.

¿PUEDE UNA S.A.S AFILIARSE A CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR?

R: Las S.A.S son personas jurídicas de derecho privado, capaces de contraer obligaciones. La responsabilidad de los socios se limita a su aportes, sin requerir la estructura de una sociedad anónima; por lo tanto, las cajas d compensación pueden afiliar a las empresas que se hayan constituido bajo la modalidad de S.A.S., independientemente de si el socio es trabajador de la empresa.

¿CÓMO SE EFECTÚA LA INSCRIPCIÓN DE UN TRABAJADOR A UNA CAJA D COMPENSACIÓN FAMILIAR?

R: Una vez aceptada la afiliación de la empresa por parte de la caja de compensación familiar, el empleador debe remitir, a la mayor brevedad, la totalidad de los documentos que acrediten la calidad de beneficiarios o no del subsidio familiar de sus trabajadores, junto con los formularios de la inscripción de los trabajadores que debe suministrar la respetiva caja.

¿QUÉ SUCEDE CUANDO UNA EMPRESA SE ENCUENTRA EN MORA EN EL PAGO DE APORTES A LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR?

R: Si la empresa se encuentra en mora en el pago de los aportes, la caja de compensación suspende el pago de la cuota monetaria.

Si continúa en mora por más de dos meses, la caja de compensación familiar puede expulsarla, perdiendo los trabajadores todos los beneficios.

Se entiende por causa grave el suministro de datos falsos por parte del empleador a la caja, la violación de normas por parte del empleador a la caja, la reincidencia en la mora del pago de aportes y el envío  de informes que den lugar a la disminución de aportes o al pago fraudulento del subsidio.

¿HAY LUGAR AL PAGO DEL SUBSIDIO FAMILIAR CUANDO UN EMPLEADOR CANCELA LOS APORTES RETROACTIVOS?

R: Cuando el empleador incurso en suspensión o perdida de la calidad de afiliado a una caja por no pago de aportes cancele lo adeudado, esta pagara a los trabajadores beneficiarios de aquel tantas cuotas de subsidio cuantas manualidades haya satisfecho.

Es igual obligación estará la caja cuando afilie empleadores que apaguen aportes retroactivos.

¿SI EL PENSIONADO RECIBE MÁS DE DOS MESADAS, SOBRE QUÉ VALOR DEBE COTIZAR?

R: Quien reciba pensión de una o más administradoras de pensiones deberá cotizar sobre la totalidad de sus ingresos.

¿LOS PENSIONADOS RECIBEN SUBSIDIO MONETARIO?

R: No. Los pensionados no reciben subsidio monetario.

¿SE PUEDEN AFILIAR LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES A LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR?

R: Un trabajador independiente puede afiliarse a una caja de compensación familiar, conforme el principio de libertad de escogencia que debe ser respetado por parte de la respetiva caja, pagando un aporte del 0.6% sobre una base de un salario mínimo legal mensual vigente, sin que dicha suma otorgue derechos para el pago de subsidios, limitándose el beneficio a las actividades de recreación, capacitación y turismo social en igualdad de condiciones frente a los demás afiliados a la caja.

Para que un trabajador independiente se afilie con su grupo familiar y mantenga su vinculación con una caja, se hace exigible su afiliación previa al Sistema d Salud, siendo la base de ingresos para aportar al sistema de cajas, se hace exigible su afiliación previa al Sistema de Salud y en todo caso no inferior a la que se utilice dentro del Sistema d Pensiones.

Cuando el desempleado aporte el dos por ciento (2%) sobre la base de dos (2) salarios mínimos tendrá los mismos derechos que tienen los demás afiliados, salvo el subsidio monetario. Esta misma regla se aplica al trabajador independiente que aporte  el dos por ciento (2%) sobre sus ingresos.

¿PUEDEN LOS EMPLEADOS DEL SERVICIO DOMÉSTICO AFILIARSE A UNA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR?

R: Los empleados del servicio doméstico deberán ser afiliados por las personas naturales para quienes prestan sus servicios a la caja de compensación familiar que estos seleccionen y que opere en el departamento n el cual presten sus servicios.

¿QUÉ ES EL SUBSIDIO FAMILIAR?

R: El subsidio familiar es una prestación social pagadera en dinero, especie y servicios a los trabajadores de medianos y menores ingresos, en proporción al número de personas a cargo y su objetivo fundamental consiste en el alivio de las cargas económicas que representan el sentimiento de la familia como núcleo básico de la sociedad.

El subsidio familiar no es salario, ni se computa como factor del mismo en ningún caso y es irrenunciable.

Se paga en tres (3) modalidades:

  • Subsidio en dinero: es la cuota que se paga por cada persona a cargo que dé derecho a la prestación.
  • Subsidio en especie: es el reconocido en alimentos, vestidos, becas de estudio, textos escolares, drogas y demás frutos o géneros diferentes al dinero que determine la reglamentación de la ley.
  • Subsidio en servicios: es el que se ofrece a través de los programas que se desarrollan las cajas de compensación familiar, recreación turismo, vivienda, crédito, adulto mayor y discapacitados.

Para estos servicios las cajas de compensación familiar fijan tarifas diferenciales de acuerdo con el salario de los trabajadores afiliados, así: 

  1. Categoría A. Hasta dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  2. Categoría B. Más d dos salarios mínimos legales mensuales vigentes y hasta cuatro salarios minios legales vigentes y hasta cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  3. Categoría C. Más de cuatro salarios mini os legales mensuales vigentes
  4. Categoría D. Particulares. Categoría de no afiliado a la caja.

¿TODAS LAS CAJAS DE COMPENSACIÓN FAMILIAR CANCELAN LA MISMA CUOTA MONETARIA DE SUBSIDIO FAMILIAR?

R: No. Encada departamento existe una cuota que fija anualmente la Superintendencia del Subsidio Familiar.

¿CUÁLES SON LOS REQUISITOS PARA RECIBIR SUBSIDIO FAMILIAR?

R:

  • Tener el carácter de permanente.
  • Obtener remuneración fija o variable que no sobrepase los cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes y que sumada la remuneración de su conyugue o compañero (a) no sobrepase de 6 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
  • Laborar al menos 96 horas en el mes.
  • Tener personas a cargo que causen el derecho a recibir el subsidio familiar.

¿LOS TRABAJADORES QUE LABOREN EN VARIAS EMPRESAS PUEDEN ACCEDER AL SUBSIDIO FAMILIAR?

R: Los trabajadores que laboren en varias empresas tendrán derecho a recibir el subsidio de la caja a que esté afiliado el empleador de quien el trabajador reciba la mayor remuneración mensual. Si las remuneraciones fueren iguales el trabajador tendrá la opción de escoger la caja.

¿CUÁLES SON LAS PERSONAS A CARGO?

R: Los hijos, hijastros, hermanos, huérfanos de padres, padres mayores, de 60 años que convivan y dependan económicamente del trabajador.

¿DESDE CUÁNDO LAS PERSONAS A CARGO CAUSAN EL BENEFICIO?

R: Los hijos desde el mes de nacimiento, hasta que no sobrepasen la edad de 18 años.

Los hermanos huérfanos de padres a partir de cumplir los 60 años de edad, siempre y cuando no reciben salario, renta o pensión alguna.

¿PUEDEN COBRAR AMBOS PADRES SUBSIDIO FAMILIAR POR LOS MISMOS HIJOS?

R: Pueden cobrar simultáneamente el subsidio familiar por los mimos hijos el padre y la madre cuyas remuneraciones sumadas no exceden de cuatro (4)  salarios mínimos legales mensuales vigentes.

¿PUEDEN COBRAR EL SUBSIDIO FAMILIAR PERSONAS DIFERENTES A LOS PADRES?

R: Las personas que tengan la guarda y custodia de los menores por sentencia judicial o por acto menores, otorgada por sentencia judicial o por acto administrativo expedido por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, pueden cobrar el subsidio familiar; sin embargo la caja de compensación familiar decide que lo haga a quien garantice mayor seguridad en el uso del subsidio.

¿PUEDEN LAS MADRES COMUNITARIAS RECIBIR CUOTA MONETARIA?

R: Sí. Las madres comunitarias pueden acceder a cuota monetaria, una vez las entidades administradoras del Programa de Hogares Comunitarios de Bienestar hayan tramitado la afiliación y la adre comunitaria haya aportado la documentación requerida

¿PUEDEN OBLIGAR AL BENEFICIARIO A CAMBIAR LA CUOTA MONETARIA?

R: No. A las cajas de compensación les está prohibido  obligar al trabajador a que la cuota monetaria la cambien por bienes o usos de consumo en establecimientos comerciales o de cadena, propios o con los que tenga convenio la caja.

¿QUÉ SUCEDE SI NO SE ENTREGA LA DOCUMENTACIÓN REQUERIDA PARA EL PAGO DEL SUBSIDIO FAMILIAR?

R: Si el trabajador no ha aportado las pruebas necesarias para acreditar que tiene el derecho al subsidio familiar caduca la cuota correspondiente, mes a mes, al mes subsiguiente, siempre y cuando el empleador haya pagado oportunamente los aportes de ley por intermedio de una caja de compensación familiar.

A manera de ejemplo, se puede indicar que si el trabajador causo su derecho a la cuota del mes de enero, por haber reunido los requisitos, tiene plazo hasta el mes de marzo para allegar las pruebas, pues el derecho a una cuota determinada de subsidio caduca al mes subsiguiente como se indica, siempre y cuando el empleador hay cancelado oportunamente los aportes respectivos.

¿A QUIÉN SE PAGA O GIRA EL SUBSIDIO FAMILIAR?

R: Se paga al cónyuge a cuyo cargo éste la guarda y el sostenimiento de los hijos. Si la guarda estuviera a cargo de ambos, tendrá prelación la madre.

La caja de compensación, en casos que considere, puede pagar el subsidio a un tercero que garantice el mejor uso del subsidio.

¿PUEDE EMBARGARSE EL SUBSIDIO FAMILIAR?

R: Por regla general no, a excepción de los siguientes casos:

  • En los procesos por alimentos instaurados a favor de las personas a cargo.
  • Procesos ejecutivos que instauren el Fondo Nacional del Ahorro y cajas de compensación familiar por incumplimiento de obligaciones originadas en la asignación de vivienda.

Tampoco puede deducirse o retenerse, salvo autorización expresa del trabajador.

¿CUÁNDO LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR PAGA DOBLE CUOTA DEL SUBSIDIO FAMILIAR?

R: Los padres, los hermanos huérfanos de padres y los hijos, que sean inválidos o de capacidad física disminuida que les impida trabajar, causan doble cuota de subsidio familiar, sin limitación en razón de su edad. El trabajador beneficiario debe  demostrar que las personas se encuentran a su cargo y conviven con él.

¿QUÉ ES EL SUBSIDIO EXTRAORDINARIO POR MUERTE?

R: Este se puede dar en dos eventos: cuando fallece la persona a cargo o cuando fallece el trabajador beneficiario.

En caso de muerte en na persona a cargo por la cual el trabajador esté recibiendo subsidio familiar, se paga un subsidio extraordinario equivalente a doce (12) mensualidades de la cuota monetaria que viniera recibiendo por el fallecido.

En caso de muerte de un trabajador beneficiario, la caja de compensación familiar continúa pagando durante doce (12) meses el monto del subsidio por personas a cargo. El empleador debe dar aviso por personas a cargo. El empleador debe dar aviso inmediato de a muerte de un trabajador afiliado y a la caja de compensación.

¿DURANTE LOS PERÍODOS DE INCAPACIDAD HAY LUGAR AL PAGO DEL SUBSIDIO FAMILIAR?

R: Durante los períodos de incapacidad por motivo de enfermedad no profesional, maternidad, accidente de trabajo y enfermedad profesional, el trabajador beneficiario tiene derecho a seguir recibiendo el subsidio familiar.

La incapacidad se acredita con el certificado expedido por las correspondiente EPS.

VIVIENDA

LO QUE DEBES SABER PARA POSTULARTE AL SUBSIDIO DE VIVIENDA
R: 

  • Postúlese solamente con el grupo familiar que va a residir en la vivienda que aspira adquirir con el Subsidio de Vivienda en el evento que sea beneficiario.

  • Registre datos que correspondan a la realidad y sean verificables.

  • Los ingresos de la postulación deben ser coherentes con los presentados para la solicitud del crédito.

  • Cualquier tipo de inconsistencia de la información que se detecte después de la postulación, durante o después del pago, será causal de anulación o solicitud de restitución del subsidio de vivienda en caso de salir beneficiario.

¿DE DÓNDE PROVIENEN LOS RECURSOS PARA OTORGAR SUBSIDIOS DE VIVIENDA?
R: Los recursos para otorgar subsidios a personas no afiliadas a Cajas de Compensación Familiar, y de más bajos ingresos, provienen del Gobierno Nacional y para las personas afiliadas a Cajas de Compensación Familiar los recursos provienen de los aportes que hacen las empresas a la misma.

¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR SUBSIDIO DE VIVIENDA?
R: Los Afiliados a Comfacesar a través de una Empresa, siempre y cuando los ingresos de los miembros del hogar postulante no superen los 4 SMML.

CONDICIONES PARA POSTULARSE AL SUBSIDIO DE VIVIENDA:
R:

  • Tener mínimo 3 meses de afiliación a Comfacesar

  • No ganar más de cuatro (4) SMMLV

  • El hogar postulante No debe haber sido favorecido por entidades que otorgan subsidios de vivienda como: antiguo Inscredial, Inurbe, Fonvivienda, Banco Agrario, CCF, etc.

  • Tener en una cuenta de ahorro programado o en cesantías inmovilizadas el 5% del valor total de la vivienda a la cual desea postularse el hogar

MODALIDADES DE VIVIENDA OBJETO DE APLICACIÓN DEL SUBSIDIO FAMILIAR DE VIVIENDA
R: Se entiende por Modalidades de vivienda el conjunto de operaciones que le permite a un hogar tener un espacio habitacional en condiciones satisfactorias, servicios públicos y calidad de estructura, o iniciar el proceso para obtenerlas en el futuro.

Las Modalidades de Viviendas a las cuales usted podrá aplicar el Subsidio Familiar de Vivienda son las siguientes: Compra de Vivienda Nueva, Mejoramiento de Vivienda Estructura y Construcción en Sitio Propio.

¿QUÉ ES FOVIS?
R: Es el Fondo de Vivienda de Interés Social, administrado por las Cajas de Compensación Familiar, constituida la Ley 49 de 1990.

¿QUÉ ES VIS?
R: Es la Vivienda de Interés Social, cuyo valor máximo no supera los 135 SMLMV.

¿QUÉ ES VIP?
R: Es la Vivienda de Interés Prioritario, cuyo valor máximo no supera los 90 SMLMV.

¿DEBO TENER MI AHORRO PROGRAMADO EN ALGÚN BANCO EN PARTICULAR?
R: El hogar interesado podrá realizar su ahorro programado en cualquier entidad financiera, siempre y cuando sea la modalidad de Ahorro Programado.

¿LAS POSTULACIONES SON ÚNICAMENTE EN VALLEDUPAR?
R:
Cuando se abren las convocatorias al Subsidio Familiar de Vivienda, se reciben postulaciones en Valledupar y en los municipios donde tenemos Unidades Integrales de Servicios “UIS” (Aguachica, Codazzi, El Copey, la Jagua, La Loma)

¿SI SALGO FAVORECIDO, DEBO APLICAR MI SUBSIDIO EN EL MISMO PROYECTO AL QUE ME POSTULE?
R:
No, una vez salga favorecido al subsidio familiar de vivienda es libre de escoger el proyecto en el cual lo va a aplicar, siempre y cuando sea un proyecto de vivienda VIP o VIS.

MECANISMO DE PROTECCIÓN AL CESANTE

¿TIENE ALGÚN COSTO ESTE SERVICIO?
R: No, los servicios de la Agencia de empleo son gratuitos tanto para empresas como para personas.

¿ESTE SERVICIO ES SOLO PARA LOS AFILIADOS A LA CAJA DE COMPENSACIÓN FAMILIAR COMFACESAR?
R: No, este servicio es para toda la población que este en busca de empleo o mejorar sus condiciones laborales.

¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO LLEVAR PARA REGISTRAR MI HOJA DE VIDA?
R: Documento de identidad, certificados de estudios (diplomas), certificados laborales donde especifiquen la fecha en la que ingreso y en la que finalizo su experiencia laboral.

¿PUEDO INSCRIBIRME TELEFÓNICA O VIRTUALMENTE?
R: Telefónicamente no. Si lo haces de manera virtual, luego debes comunicarte a nuestros números telefónicos y solicitar cita con la orientadora, para realizar la ruta de empleabilidad.

¿PUEDO ENVIAR LA HOJA DE VIDA CON UN FAMILIAR O AMIGO?
R: No. El trámite es personal.

¿SI NO HAGO LA RUTA DE EMPLEABILIDAD NO ME LLAMAN PARA OFERTAS DE EMPLEO?
R: La hoja de vida de los buscadores de empleo, queda habilitada para postulación a vacantes en el momento en el que terminan la ruta de empleabilidad (registro de hoja de vida, test, entrevista, taller). Sin la ruta, no es tenida en cuenta la hoja de vida para ofertas de empleo.

¿SI NO HE ESTUDIADO, NI HE TENIDO EXPERIENCIA LABORAL PUEDO REGISTRAR MI HOJA DE VIDA?
R: El servicio de la Agencia es para todas las personas que busquen oportunidades laborales sin importar edad, experiencia o nivel de escolaridad.

¿LA AGENCIA SE ENCARGA DE BUSCARME EL EMPLEO?
R: No, la búsqueda de empleo es una iniciativa personal, la Agencia de Empleo te brinda todas las herramientas necesarias para que puedas vincularte laboralmente en un empleo acorde a tu perfil, pero debes postularte a las vacantes que están disponibles a nivel nacional por el Servicio Público de Empleo, acorde a tus intereses y teniendo en cuenta los requisitos de cada vacante.

¿CÓMO PUEDO POSTULARME A LAS OFERTAS DE EMPLEO?
R: Una vez realices el registro de tu hoja de vida en la Agencia de Empleo de COMFACESAR podrás ingresar a la plataforma www.comfacesar.com y consultar todas las vacantes disponibles para tu perfil en 4 pasos:

  • Ingresa a www.comfacesar.com / Servicio de empleo /Aspirante
  • Digita su usuario y contraseña
  • Ingresar
  • Modulo Consultar las vacantes / Mis Oportunidades Laborales / analiza el contenido de la vacantes y si es de su interés / Aplicar

CENTRO DE CONVENCIONES CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS

¿QUÉ CLASE DE EVENTOS PUEDO REALIZAR EN EL CENTRO DE CONVENCIONES CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS?
R: Contamos con diferentes espacios que se adaptan a cualquier evento. Nuestro auditorio general es especial para realizar eventos de gran formato, asimismo, ofrecemos la opción de salones especiales para reuniones de grupos más pequeños.

  • Eventos Académicos: congresos, conferencias, encuentros, seminarios y talleres.
  • Eventos feriales y muestras comerciales.
  • Eventos empresariales: capacitaciones, reuniones de trabajo y ruedas de negocio.
  • Eventos comerciales: lanzamientos de productos y ruedas de prensa.
  • Eventos culturales: conciertos, presentaciones y exposiciones artísticas.
  • Eventos sociales: matrimonios, grados, celebraciones de cumpleaños, aniversarios y cocteles.

Cualquiera que sea su necesidad, el equipo del Centro de Convenciones Crispín Villazón de Armas, lo acompaña en la organización de todos sus eventos y certámenes.

¿CÓMO CONSULTO LA DISPONIBILIDAD DE UN SALÓN O ÁREA EN UNA FECHA PROGRAMADA PARA LA REALIZACIÓN DE MI EVENTO?
R: Para conocer si una de nuestras áreas está disponible, lo invitamos a comunicarse con el equipo  administrativo del Centro de Convenciones Crispín Villazón de Armas al celular 3174393578. Allí, uno de nuestros colaboradores lo asesorará.

¿CÓMO PUEDO COTIZAR UN EVENTO EN EL CENTRO DE CONVENCIONES CRISPÍN VILLAZÓN DE ARMAS?
R: Su solicitud de cotización debe hacerla al correo electrónico asistenteconvenciones@comfacesar.com, luego un colaborador de nuestro equipo se contactará con usted. 

TURISMO

¿QUÉ PLAN DE PAGOS OFRECE VIAJA COMFACESAR PARA UTILIZAR EL SERVICIO DE TURISMO?
R:

* Pueden utilizar el servicio de créditos por libranza si es empleado y la empresa donde trabaja tiene convenio activo con la Caja,
* Ofrecemos la modalidad de plan ahorro donde el cliente estipula una cuota mensual mas no garantiza la reserva del servicio o
* Elije un paquete de viaje que lo reserva con el 30% del valor total del servicio y un mes antes del viaje debe tener el 100% cancelado.
* Efectivo
* Tarjeta de crédito
* Transferencia bancaria

¿SE PUEDE PIGNORAR EL SUBSIDIO PARA VIAJAR?
R:
Si puede pignorar el subsidio para programar su viaje

¿SINO ESTOY AFILIADO A COMFACESAR PUEDO UTILIZAR EL SERVICIO DE TURISMO?
R:
Si se puede, COMFACESAR ofrece sus servicios a afiliados y comunidad en general.

¿SI ADQUIERO UN SERVICIO DE ALOJAMIENTO, A QUÉ HORAS PUEDO INGRESAR AL HOTEL?
R:
El Check in estipulado por la mayor parte de hoteles es a las 3: pm y check out es a la 1 pm

¿QUÉ REQUISITOS NECESITAN UN MENOR DE EDAD CUANDO NO VIAJA CON SUS PADRES?
R:
Debe llevar registro civil o tarjeta de identidad con un oficio autenticado donde se autoriza a un responsable el cuidado del menor.

¿VIAJA COMFACESAR OFRECE DESTINOS INTERNACIONALES?
R:
Si, internacionales, nacionales, municipales y locales

¿VIAJA COMFACESAR OFRECE SERVICIO DE CRUCEROS?
R:
Si, ofrecemos cruceros

RED DE PRESTADORES

¿AL CUANTO TIEMPO DE ESTAR AFILIADA A COMFACESAR PUEDO UTILIZAR EL SERVICIO DE MEDICINA ADSCRITA?
R: Una vez se encuentre activo en el sistema de COMFACESAR puede utilizar los servicios, se aplica el valor de acuerdo a su categoría, en caso de no estar afiliado se aplica la categoría D particular. 

¿DONDE ENCUENTRO EL LISTADO DE LOS ESPECIALISTAS INSCRITOS?
R: En la página web de COMFACESAR  www.comfacesar.com en el icono de medicina adscrita. 

¿CUÁL ES EL PUNTO HABILITADO PARA RECIBIR LOS PAGOS?
R: El pago de las consultas se realiza en la Calle 14 No 14 – 66 COMFACESAR en Caja,  se puede pagar con tarjeta o en efectivo.

¿AL PAGAR LA CONSULTA QUEDA ACTIVA LA CITA?
R: Antes de realizar su pago debe llamar al especialista de su interés y luego de tener confirmada la fecha y hora se realiza el pago de la misma.

GIMNASIOS

¿EN LOS GIMNASIOS CUENTAN CON LECTOR DE HUELLAS?
R: Si contamos con lectores de huellas.

¿EN LOS GIMNASIOS REALIZAN CLASES GRUPALES?
R: Si realizamos clases grupales, las tenemos para todos los gustos y necesidades, ya sean musicalizadas, para tonificar, perder peso, elongar o relajarse.

¿EN LOS GIMNASIOS OFRECEN EL SERVICIO DE ENTRENAMIENTO PERSONALIZADO?
R: Si contamos con el servicio de entrenamiento personalizado.

¿LOS GIMNASIOS OFRECEN SERVICIO DE MEDICOS?
R: En los gimnasios contamos con el servicio de medicina deportiva, con la participación de medico deportologa y fisioterapeuta.

¿LOS GIMNASIOS CUENTAN CON AREAS DE RELAJACIÓN Y SPA?
R: No contamos con este servicio en nuestros gimnasios.